Objetivos y el acceso

Publicado en Aire Libre

Los hombres, respondiendo a su naturaleza gregaria, son proclives a compartir sus costumbres, aficiones y estilos de vida con quienes adoptan similares predisposiciones sociales. Desde esta óptica no resultará difícil comprender la tendencia de los pescadores deportivos a practicar su deporte preferido en compañía de otros pescadores, formándose así grupos a cuyos integrantes, tal vez, sólo los une la pasión por la pesca.

Es factible, entonces, programar salidas de pesca, compartirlas, intercambiar informes, hacer encuentros de camaradería y toda otra actividad relacionada y circunscripta a la pesca propiamente dicha. Este es un primer paso que justifica la unión de los pescadores.
Pero también es posible que el grupo de pescadores del ejemplo inicial no se conforme sólo con salir de pesca, sino que también se interese por la pesca deportiva considerada de manera más amplia y trascendente. Así aparecen en el horizonte de los pescadores nuevos objetivos que exceden al de pescar, pero que guardan una estrecha vinculación con éste.
Estos objetivos, en general, son los que asumen las asociaciones de pescadores, que tienden a establecer y consolidar la modalidad de pesca que representan, y que pueden ser reseñados básicamente en la enseñanza y difusión de la pesca; la protección del medio ambiente, la fauna y la flora; la protección de los actuales y desarrollo de nuevos pesqueros; la colaboración con las autoridades competentes en la materia; y en fomentar en los pescadores conductas éticas y comportamientos deportivos.
Si bien los propósitos enunciados son permanentes y constituyen el marco de actuación de la asociación de pescadores de que se trate, cuando en los hechos se presentan circunstancias que amenazan algún interés protegido con los objetivos estatutarios, las respuestas de los pescadores organizados se deben orientar en defensa del bien comprometido.
Este último, y desde hace ya varios años, es el caso que resulta del creciente avance sobre los derechos de todos los pescadores de pescar en los arroyos, ríos y lagos y lagunas que son bienes públicos del Estado Nacional o de las Provincias, según los términos de nuestra legislación de fondo (Código Civil, arts. 2339, 2340 y concordantes).
El problema se plantea cuando los propietarios de los fundos lindantes con ríos o lagos impiden el acceso a los pesqueros, ya sea por la simple negativa, o porque ellos mismos explotan comercialmente y en su beneficio exclusivo el recurso que, reiteramos, es del dominio público.
El art. 2548 del C.Civil establece que es libre pescar en aguas de uso público, estando sujeto ello a los reglamentos locales (C.Civil art. 2459), circunstancia por lo cual, teniendo presente que todos los ríos son de dominio público, todos los hombres, ciudadanos o extranjeros tienen derecho a pescar en las aguas públicas, con cumplimiento de la normativa local, única competente para su regulación. Pero cuando no existe calle o camino de acceso, el derecho a pescar se torna ilusorio, del mismo modo que lo sería el derecho de transitar si no hubiera caminos.
Los pescadores que queremos pescar y se nos impide acceder a los ambientes públicos de pesca, reclamamos por esos accesos. Consideramos inapropiado que existan privilegios de hecho o de derecho en el uso exclusivo de los ambientes públicos.
Creemos que le corresponde al Estado garantizar a los habitantes el derecho de usar y gozar de los bienes del domino público, implementando los medios necesarios para ello. Se deben relevar aquellos sitios en dónde no hay calles o caminos y donde grandes extensiones de ríos o lagos resultan inaccesibles y allí adecuadamente establecer accesos para garantizar los derechos públicos. El acceso a los bienes del dominio público es un derecho que debe quedar garantizado y organizado.
Para nuestra Asociación Argentina de Pesca con Mosca, que tiene entre sus propósitos estatutarios el de proteger los actuales pesqueros, especialmente los adaptados a la modalidad de mosca y el de desarrollar nuevos pesqueros, tanto de agua dulce como salada, para la pesca con mosca, es un deber irrenunciable defender los derechos de los pescadores a acceder a los ambientes públicos de pesca, y hemos actuado consecuentemente en las instancias que consideramos más conducentes para lograr el reconocimiento pleno de ese derecho, y lo seguiremos haciendo exhortando a las autoridades gubernamentales a garantizar ese derecho y difundiendo e informando los impedimentos que obstan a su ejercicio.

Publicado en: Opinión

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